Años de emisión
Derechos Humanos
Defensor del Pueblo de la República de Eslovenia:
El Defensor del Pueblo de los Derechos Humanos es una institución autónoma e independiente que, de conformidad con el artículo 159 de la Constitución de la República de Eslovenia y la Ley del Defensor del Pueblo de los Derechos Humanos, protege los derechos humanos y las libertades fundamentales frente a las autoridades estatales, los órganos de gobierno local y los órganos que ejercen funciones públicas. El Defensor del Pueblo inició oficialmente sus funciones el 1 de enero de 1995. Cualquier persona que considere que sus derechos humanos o libertades fundamentales han sido vulnerados puede acudir al Defensor del Pueblo; el procedimiento es informal y gratuito. El Defensor del Pueblo también aborda cuestiones sistémicas por iniciativa propia, elabora análisis y promueve una cultura de derechos humanos mediante la sensibilización y la educación. El Defensor del Pueblo puede presentar propuestas, opiniones o recomendaciones a las autoridades, fomentando así mejoras en la protección de los derechos humanos. Desde 2021, el Defensor del Pueblo ostenta la categoría "A" como institución nacional de derechos humanos, de conformidad con los Principios de París de las Naciones Unidas. Desde 2008, también ha actuado como mecanismo nacional de prevención, identificando violaciones de la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en lugares donde las personas se encuentran privadas de su libertad.
Prohibición de la discriminación:
El artículo 14 de la Constitución de la República de Eslovenia establece la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación por motivos de circunstancias personales. Nadie podrá, por razones como nacionalidad, origen étnico, sexo, idioma, discapacidad, convicción política o de otra índole, religión u otras características personales, ser tratado de manera menos favorable que personas en una situación comparable sin justificación. La prohibición de la discriminación se deriva del principio de igualdad de trato, uno de los principios fundamentales de la protección de los derechos humanos. La discriminación también puede surgir cuando normas o prácticas aparentemente neutrales, en realidad, colocan a ciertos grupos de personas en una situación de desventaja desproporcionada sin que exista una justificación objetiva, legítima y proporcionada para ello. Por lo tanto, además de la prohibición de la discriminación en sí misma, es importante eliminar las barreras y crear condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades para acceder a los servicios, la educación, el empleo y otros bienes públicos.
Derecho a la privacidad:
El derecho a la privacidad es un elemento fundamental de la dignidad humana y la autonomía personal: permite a las personas decidir quién puede entrar en su espacio personal, cuándo y cómo, y qué información sobre ellas se comparte. Salvaguarda la vida privada y familiar, el hogar y la confidencialidad de las comunicaciones, protegiendo además la libertad de establecer relaciones, desarrollar la propia identidad y tomar decisiones vitales sin intromisiones injustificadas. Las injerencias en la privacidad solo se permiten en casos excepcionales y con base legal, y cuando sean necesarias y proporcionales para la protección de otros intereses importantes. El derecho a la privacidad y la protección de los derechos de la personalidad están garantizados por el artículo 35 de la Constitución de la República de Eslovenia. En el entorno digital, el derecho a la privacidad también implica un tratamiento responsable y transparente de los datos personales. Dichos datos solo pueden recopilarse y procesarse con un fin específico y sobre una base legal, y las personas deben poder acceder a sus datos, rectificarlos o, cuando esté justificado, eliminarlos, mientras que las instituciones y empresas deben garantizar que dichos datos estén adecuadamente protegidos contra el uso indebido. Proteger la privacidad hoy en día también incluye la gestión cuidadosa de la huella digital.
Tolerancia cero a la violencia:
La violencia, ya sea física, psicológica, sexual, económica o cibernética, constituye una injerencia en la dignidad humana, la integridad física y mental y la sensación de seguridad. La “tolerancia cero” implica una postura social y jurídica clara: la violencia en la familia, la comunidad, el lugar de trabajo o las instituciones es inaceptable, y las víctimas deben contar con seguridad, apoyo y protección efectiva, incluyendo canales de denuncia seguros y accesibles, así como una actuación coherente por parte de las autoridades competentes. Este enfoque se basa en el respeto a la dignidad humana y la prohibición de tratos inhumanos o degradantes. Se debe prestar especial atención a la protección de niños, mujeres y otros grupos vulnerables, quienes pueden estar expuestos a la violencia con mayor frecuencia. Asimismo, es importante prevenir la violencia mediante la educación, la sensibilización y la promoción de relaciones respetuosas, que refuerzan la tolerancia cero a la violencia en la sociedad y contribuyen a un entorno seguro para todos.
Derecho a un medio ambiente sano: El artículo 72 de la Constitución de la República de Eslovenia establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano e impone al Estado la obligación de determinar por ley las condiciones para el desarrollo de actividades económicas y de otra índole, así como la responsabilidad de quienes causen daños ambientales. Los riesgos ambientales —contaminación atmosférica, ruido, sustancias peligrosas o los efectos del cambio climático— suelen afectar con mayor gravedad a los grupos vulnerables, lo que convierte la protección del medio ambiente en una cuestión de igualdad y justicia intergeneracional. Otro aspecto importante es el derecho de la ciudadanía a la información sobre el estado del medio ambiente. En 2022, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible como un derecho humano universal. Un medio ambiente sano es un requisito indispensable para el pleno disfrute de muchos otros derechos, incluidos los derechos a la vida, la salud, la alimentación, el agua, el saneamiento y el desarrollo.
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